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SCJN ordena juzgar desapariciones de mujeres defensoras con perspectiva de género

El pleno de la Suprema Corte determinó que la aplicación de la perspectiva de género e interseccionalidad es obligatoria en casos de desaparición de mujeres activistas.

Redacción Enlace Informativo
Foto: forbes.com.mx

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución histórica al establecer que las autoridades judiciales mexicanas están obligadas a juzgar los casos de desaparición de mujeres defensoras de derechos humanos bajo una estricta perspectiva de género e interseccionalidad. Esta determinación jurídica subraya que el análisis con enfoque diferenciado no representa una opción para los juzgadores, sino una obligación procesal ineludible para garantizar el acceso a la justicia y la verdad.

La decisión de la SCJN responde a la necesidad de atender las particularidades que enfrentan las mujeres que realizan labores de defensa social en el país. El máximo tribunal argumentó que la vulnerabilidad de estas personas se incrementa debido a su rol activo en la defensa de causas colectivas, lo que exige que las investigaciones de la Fiscalía General de la República y las fiscalías locales consideren las violencias específicas basadas en el género y el contexto de riesgo en el que se desenvolvían las víctimas.

Con esta resolución, el Poder Judicial busca erradicar las omisiones que históricamente han dificultado la localización de mujeres desaparecidas y la sanción de los responsables. La Corte enfatizó que los jueces deben identificar los patrones de violencia estructural que rodean estas desapariciones, evitando que los prejuicios o estereotipos de género influyan en la valoración de las pruebas o en la conducción de las audiencias durante los procesos penales.

La implementación de este criterio será vinculante para todos los tribunales del país, obligando a una reconfiguración en la forma en que se integran las carpetas de investigación y se dictan las sentencias. Los operadores jurídicos deberán integrar análisis socioeconómicos y políticos que permitan entender la interseccionalidad, reconociendo cómo factores como la etnia, la edad o el entorno geográfico inciden directamente en las dinámicas de desaparición y en la impunidad persistente.

Especialistas en la materia han señalado que este precedente refuerza las obligaciones del Estado mexicano bajo los tratados internacionales suscritos por el país. La SCJN exhortó a las autoridades a fortalecer la coordinación interinstitucional para que el enfoque de género no sea solo un enunciado formal, sino un eje rector que garantice la protección de quienes dedican su vida a la defensa de los derechos humanos en México.

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